HomeJusticeHERLOBE EXTREMADURA SA EN LIQUIDACION

Insolvency proceedings

HERLOBE EXTREMADURA SA EN LIQUIDACION

CIF A45546397See the company page

Notices
231/01/201324/04/2026
Case number
000020/2026 · 406/2012
Court
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TOLEDO N.º 1

Case timeline

  1. Conclusión del concurso24/04/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TOLEDO N.º 1Proc. 000020/2026Judge : ANA MARÍA MARTÍN-NIETO MARTÍNOrder 14/04/2026

    Declaro concluso el procedimiento concursal de HERLOBE EXTREMADURA SA y el archivo de las actuaciones. ACUERDO el cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas. ACUERDO la extinción de la persona jurídica concursada

  2. Declaración de concurso31/01/2013
    ⚖️ TOLEDOProc. 406/2012Order 14/01/2013

    Edicto. Doña Concepción Álvarez García, secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I Declaración de Concurso Voluntario Ordinario 406/2012 y NIG número 45168 41 1 2012/0005563 se ha dictado en fecha 14/01/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Herlobe Extremadura, S.A., con CIF A-45546397, y cuyo domicilio social se encuentra actualmente en Avenida de la Constitución s/n, parcela 289 del Polígono Industrial Monte Boyal, Casarrubios del Monte (Toledo). 2.º Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como Administración Concursal al Abogado colegiado número 970 del Ilustre Colegio de Abogados de Toledo, José Sánchez Recuero con domicilio postal sito en calle Salto del Caballo número 3, planta 1ª, oficina 1.ª, 45003 de Toledo y dirección electrónica: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. Habiéndose designado como auxiliar delegado a la economista Ana María García-Mochales Ávila. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. No siendo válida la comunicación de créditos que se efectúe directamente a este Juzgado. Toledo, 14 de enero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.