Insolvency proceedings
GROUPELL SL
CIF B03770476See the company page →
- Notices
- 4 — 06/03/2010 → 26/11/2013
- Case number
- 11/2013 · 11/2010 · 01/2010
- Court
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante
Case timeline
- Conclusión del concurso26/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteProc. 11/2013Order 13/11/2013
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, hago saber: Anuncio: Que en el Concurso Abreviado n.º 991/09, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil Groupell, S.L., con CIF n.º B-03770476, con domicilio social en Aspe (Alicante), c/ Fábrica de la Luz, n.º 30 (polígono industrial), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1354, folio 215, sección 8.ª, hoja A-9.220, inscripción 4.ª, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 13/11/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte Dispositiva 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Groupell, S.L. 2. El deudor Groupell, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Groupell, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extinción de Groupell, S.L., con CIF n.º B-03770476, con domicilio social en Aspe (Alicante), c/ Fábrica de la Luz, n.º 30 (polígono industrial), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1354, folio 215, sección 8.ª, hoja A-9.220, inscripción 4.ª, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 11/10/13 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art 177). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña. Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Alicante, 13 de noviembre de 2013.- La Secretaria judicial.
- Apertura de liquidación24/11/2010⚖️ ALICANTEProc. 11/2010Order 08/11/2010
Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente hago saber: que en el proceso concursal número 991/09 seguido contra la mercantil Groupell, S.L., con CIF número b-03770476 se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto, al objeto de dar publicidad al auto de apertura de la fase de liquidación: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, calle Pardo Gimeno, 43. Número de asunto: 991/09-j. Tipo de concurso: voluntario-abreviado. Concursado: Groupell, S.L., con CIF número b-03770476, y con domicilio. Representación y asistencia técnica: Letrado: Antonio Brotons Macia. Procuradora: Teresa Ripoll Moncho. Fecha del auto de apertura de la fase de liquidación y disolución de la mercantil: 8/11/2010. Facultades del concurso: se acuerda la suspensión de facultades de administración y disposición. Plazo de personación en sección sexta de calificación: 5 días siguientes a esta publicación cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte alegando cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Alicante, 8 de noviembre de 2010.- El Secretario.
- Convenio de acreedores22/09/2010⚖️ ALICANTEOrder 29/07/2010
Don Virginio Sánchez Barberan, secretario judicial del juzgado de lo mercantil número 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 991/09 se ha dictado resolución en fecha de hoy en la que constan los siguientes particulares: Parte dispositiva: 1º) Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio de la mercantil Groupell S.L. con C.I.F. número b-03770476. 2º) Procédase a formar la sección quinta del concurso. 3º) Se convoca junta de acreedores que se celebrará el próximo 26 de noviembre a las 12 horas en la sala de audiencias de este juzgado. 4º) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 103 hasta el cierre de lista de asistentes. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el registro público concursal y en el tablón de anuncios de este juzgado e inscríbase en el registro mercantil. En tanto no se cree el registro público concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial a preparar ante Juzgado en el plazo de 5 días. Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. don Rafael Fuestes Devesa magistrado juez de este juzgado. Doy fe. Y para que conste se expide en Alicante, 29 de julio de 2010.- El Secretario.
- Otro acto concursal06/03/2010⚖️ ALICANTEProc. 01/2010Order 28/01/2010
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1:- De conformidad con el artículo 75 de la ley concursal, y conforme al artículo 23,95 y 96 de la ley concursal, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación dei informe por el/los administrador/es concursal/es, proveido por resolución de fecha 28/01/2010, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 991/09 y de la concursada Groupell S.L. con CIF n.º B-03770476. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y la lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (artículo 192 ley concursal y 399 Ley de Enjuiciamiento Civil) presentada en decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezarán a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 28 de enero de 2010.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.