Insolvency proceedings
GREGAL MIX SL
CIF B62651989See the company page →
- Notices
- 3 — 26/02/2013 → 12/03/2019
- Case number
- 896/2012
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona
Case timeline
- Otro acto concursal12/03/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 896/2012Order 31/01/2019
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal15/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de BarcelonaProc. 896/2012Order 01/02/2019
Don Francisco Velasco García-Plata, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 896/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de GREGAL MIX, S.L., con NIF B62651989, con domicilio en Paseo Del Desviament, 4, 08304 - Mataró. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 1 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Velasco García-Plata.
- Declaración de concurso26/02/2013⚖️ BARCELONAProc. 896/2012Order 29/01/2013
Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto.- Concurso Voluntario 896/2012 6. Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Gregal Mix, S.L., NIF B62651989. Fecha del Auto de declaración.- 29 de enero de 2013. Administradores concursales.- Ricardo Jose Portell Gurrea, en calidad de Economista, NIF núm. 44001751Z, con domicilio en Pau Clarís, 144, principal, 08009, Barcelona, teléfono 93.246.64.30, con dirección electrónica www.ac-in.es/accessapp Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 6 de febrero de 2013.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.