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Insolvency proceedings

GERMAN GRACIA SA

CIF A31097215See the company page

Notices
220/10/201719/01/2021

Case timeline

  1. Declaración de concurso19/01/2021
    ⚖️ PAMPLONAOrder 23/12/2020

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000327/2017 referente al concursado don GERMÁN GRACIA, S.A., con CIF A31097215, con domicilio en POLÍGONO ARAZURI-ORKOYEN, calle B 5 de Arazuri por auto de fecha 23 de diciembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así: PARTE DISPOSITIVA DECIDO: 1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad GERMÁ GRACIA, S.A., y el archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración de concurso sin perjuicio de su posible reapertura. 2º.- Se acuerda el cese en su cargo el administrador concursal, y se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal y conforme a lo establecido en el art. 479.6 TRLC, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda. 3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al tomo 443, folio 18, hoja, NA-4.394. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre en su hoja de inscripción al en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identicación parte dispositiva. 5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 6º.- Remítase esta resolución al Boletín del Estado para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art.482 del TRLC con carácter gratuito ante la inexistencia de masa activa. Póngase en conocimiento de todos los juzgados de 1ª Instancia y Social de Pamplona, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes del TRLC. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas. Recurso. - Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art.481.1 del TRLC). Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma., doy fe. El/la Magistrado/a Juez, el/la Letrado de la Administración de Justicia. Pamplona, 28 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Maite Arenaza Sarasola.

  2. Apertura de liquidación20/10/2017
    ⚖️ PAMPLONAOrder 18/09/2017

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1°.- Que en el Concurso ordinario número 0000327/2017, por auto de fecha 12 septiembre 2017, NIG 3120147120170000284 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor GERMAN GRACIA, SA, con CIF número A31097215 y domicilio en Polígono ARAZURI-ORKOYEN calle B, 5 de Arazuri y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Arazuri (Navarra). 2°.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Que el día de hoy ha aceptado el cargo la administración concursal siguiente: Persona jurídica: MOORE STEPHENS LP., SL con CIF N° B50551043, y en representación de la misma aceptó: Don MANUEL JULVE YUS, con D.N.l: 17211740N, quien designó a todos los efectos del concurso al socio de la empresa MOORE STEPHENS LP, SL, a: Don Jon Redin Leceaga, con DNI: 72804516V, vecino de Pamplona, C. Postal 31004. Domicilio: Plaza de la libertad 1, entreplanta. Profesión: Economista-auditor. Teléfono: 948291463. Fax: 948290831. Correo electrónico: [email protected] Manifiesta que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 30.1 párrafo segundo de la L.C, actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representara a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne |as condiciones del apartado 2.° del art. 27-1 de la ley concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus Créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5°.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Pamplona/Iruña, 18 de septiembre de 2017.- El letrado de la administración de justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.