Insolvency proceedings
GASEDINAC SL
CIF B31781560See the company page →
- Notices
- 4 — 26/12/2011 → 19/09/2013
- Case number
- 799/2011
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña
Case timeline
- Otro acto concursal19/09/2013⚖️ PAMPLONAOrder 02/09/2013
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000799/2011 referente al concursado Gasedinac, S.L., con CIF B-31781560 y domiciliado en calle Concejo de Olaz/Olatz Kontzejuaren Kalea, 7, Bajo de Pamplona/Iruña, por auto de fecha 2 de septiembre de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1.º Aceptar la renuncia al cargo de Administrador Concursal de don Antonio Oscariz Esandi. El Administrador cesante habrá de entregar inmediatamente en la Secretaría del Juzgado su credencial y rendir cuentas de su actuación en el plazo de un mes, con los efectos, y siguiendo los trámites de art. 181 de la Ley Concursal. 2.º Nombrar Administrador Concursal de Gasedinac, S.L., a don Juan Antonio Ibáñez Ruiz, en su condición de economista inscrito en las listas remitidas a los efectos del art. 27.3 L.C. Comuníquese el nombramiento al designado haciéndole saber que a la mayor brevedad y en todo caso en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación deberá comparecer ante este Juzgado y manifestar su aceptación o no del cargo. 3.º Publíquese en el BOE de forma gratuita el cese y el nuevo nombramiento acordados. Entréguense al procurador de la concursada los despachos necesarios para que cuide de su debido diligenciamiento. 4.º Expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado. Pamplona/Iruña, 2 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal10/01/2013⚖️ PAMPLONAOrder 19/12/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000799/2011 referente al concursado Gasedinac, S.L., con CIF: B-31781560, con domicilio en calle Concejo de Olaz/Olatz Kontzejuaren Kalea, 7, bajo, de Pamplona/Iruña, por auto de fecha 19 de diciembre de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Gasedinac, S.L. 2. Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el artículo 167 de la LC. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Pamplona/Iruña, 19 de diciembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
- Otro acto concursal20/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaProc. 799/2011Order 08/02/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 799/2011 referente al deudor Gasedinac, S.L., con CIF B31781560, con domicilio en Calle Concejo de Olaz/Olatz Kontzejuaren Kalea, 7, bajo, de Pamplona/Iruña se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo será necesaria la asistencia de Abogado y la representación por medio de Procurador. Pamplona/Iruña, 8 de febrero de 2012.- La Secretario/a Judicial.
- Otro acto concursal26/12/2011⚖️ PAMPLONAOrder 07/12/2011
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña n.º 1, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 0000799/2011, por auto de 7 de diciembre de 2011 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor Gasedinac, S.L., CIF n.º B31781560 y domicilio en Calle Concejo de Olaz/Olatz Kontzejuaren Kalea, 7 Bajo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Mendillorri-Pamplona. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Pamplona/Iruña, 7 de diciembre de 2011.- El/la Secreario/a Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.