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Insolvency proceedings

Fundiciones Sarrialde S.L

CIF B48072219See the company page

Notices
305/11/201010/07/2014
Case number
730/2010

Case timeline

  1. Conclusión del concurso10/07/2014
    ⚖️ BILBAOOrder 17/06/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Primero. Que en el procedimiento concursal número 730/10, por auto de 17 de Junio de 2014, se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Fundiciones Sarrialde S.L., con CIF B-48072219 y con domicilio en Barrio de Trobika n.º 60, 48100 Mungia (Bizkaia), por inexistencia de bienes con los que poder satisfacer el pago de los créditos. Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Tercero. Se declara que el deudor Fundiciones Sarrialde S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro, que se entregarán al procurador de la mercantil concursada para su diligenciamiento. Cuarto. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado. Dicha publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado Quinto. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. Sexto. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. Séptimo. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Bilbao, 17 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación22/11/2011
    ⚖️ BILBAOProc. 730/2010Order 07/11/2011

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 730/2010 referente al concursado Fundiciones Sarrialde, Sociedad Limitada, con DNI B48072219, por auto de fecha 07-11-2011 se ha acordado lo siguiente: Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero. Se ha declarado disuelta la mercantil Fundiciones Sarrialde, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 7 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal05/11/2010
    ⚖️ BILBAOOrder 22/10/2010

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero. Que en el procedimiento número 730/10, por auto de 22 de Octubre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Fundiciones Sarrialde, Sociedad Limitada, con NIF B48072219, con domicilio en Barrio de Trobika número 60, 48100 Mungia (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Munguia. Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto, Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 22 de octubre de 2010.- El/la Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.