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Insolvency proceedings

FUMAPA SL EN LIQUIDACION

CIF B23205412See the company page

Notices
322/06/201026/06/2025
Case number
293/2010
Court
Mercantil - 1

Case timeline

  1. Otro acto concursal26/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 293/2010Judge : EVA ALBA PULIDOOrder 02/06/2025

    Se nombra administrador concursal de FUMAPA a RAFAEL RAMOS GUTIERREZ

  2. Declaración de concurso11/04/2012
    ⚖️ JAÉNOrder 14/03/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia: Que el procedimiento concursal voluntario abreviado número 293/10 referente al concursado Fumapa, S.L.U., con CIF nº B-23205412, por auto de fecha 14 de marzo de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1º.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 24 de febrero de 2011, por los motivos que se expresan en el art. 142.2 de la LC y abrir la fase de liquidación. 2º-.Declarar disuelta la sociedad Fumapa, S.L.U., cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal. 3º.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 4º.- Nombrar administrador Concursal a D. José Manuel Paterna Sánchez, con DNI nº 26020895Y, con domicilio a efectos de notificaciones en Paseo de la Estación nº 18-7º dcha 23003 de Jaén. Dirección electrónica: [email protected]. Jaén, 21 de marzo de 2012.- El/La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal22/06/2010
    ⚖️ JAÉNProc. 293/2010Order 08/06/2010

    El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia 1.º Que en el procedimiento número 293/2010, por auto de 8 de junio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Fumapa, con NIF b-23205412, domicilio en Montoro Moya Polígono Industrial, s/n, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Carolina (Jaén). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervencìón de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Jaén, 9 de junio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.