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Insolvency proceedings

FINCAS MARRERO SANCHEZ E HIJOS SA

CIF A35283068See the company page

Notices
507/07/201127/07/2013
Case number
30/2011 · 12/2012 · 3/2009
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Case timeline

  1. Declaración de concurso27/07/2013
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 30/2011Order 15/06/2012

    Edicto-cédula de notificación En el procedimiento concurso ordinario 30/2011, Fincas Marrero y Sánchez e Hijos, S.A., CIF A-35283068, seguido en este Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas G.C., se ha dictado en la Sección 5.ª, Sentencia de fecha 10/06/2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Apruebo la Propuesta de convenio de Fincas Marrero y Sanchez e Hijos, S.A., presentada el 15 de junio de 2012, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma. Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Los administradores concursales cesan en virtud de esta resolución y rendirán cuentas de su actuación ante el Juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución. Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al Juez del concurso acerca de su cumplimiento. Fórmese la sección de calificación del concurso, que deberá encabezarse con testimonio de la presente resolución, incorporándose asimismo testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso (art. 167.1 LC)." Y para darle a la resolución el tipo de publicidad dispuesta, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Las Palmas de Gran Canaria, 16 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

  2. Convenio de acreedores06/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 30/2011Order 22/02/2013

    Edicto Cédula de notificación En el procedimiento concurso ordinario 30/2011, Fincas Marrero y Sánchez e Hijos, S.A., C.I.F. A-35283068, seguido en este Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado en la Sección 5.ª la resolución de fecha 25/02/2013, del tenor literal siguiente: "Suspendida la junta de acreedores celebrada el pasado 22 de febrero de 2013, se señaló nueva fecha para dicha junta de acreedores, a celebrar el día 26 de abril de 2013 a las 9:30 horas. Dese a esta resolución la misma publicidad que se le dio al Auto en el que se señalaba la anterior junta de acreedores. Habiéndose presentado escrito n.º 1038/2013 por la Procuradora doña Mónica Soria Ranz, en representación de don Raúl Soria Ranz, con manifestaciones sobre el convenio y solicitando se de traslado del mismo a la Administración concursal; únase a los autos de su razón, ténganse por hechas las manifestaciones y dese traslado del mismo por 10 días a la Administración concursal. Modo impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Secretario/a Judicial." Y para darle a la resolución el tipo de publicidad dispuesta, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Las Palmas de Gran Canaria, 25 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso18/12/2012
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 12/2012Order 22/02/2013

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil N.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000030/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso Fincas Marrero Sánchez e Hijos, S.A., CIF A-35283068, se ha dictado en el día 03/12/2012 Auto, declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 22 de febrero de 2013, a las 9:30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 5 de diciembre de 2012.- Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso23/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaOrder 09/02/2012

    Edicto D./D.ª María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000030/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Fincas Marrero Sánchez e hijos, S.A., y CIF n.º A35283068, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 9 de febrero de 2012.- Secretaria Judicial.

  5. Declaración de concurso07/07/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 3/2009Order 17/06/2011

    Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000030/2011, seguido a instancias de la Procuradora doña Soledad Granda Calderín, en nombre y representación de Fincas Marrero Sánchez e Hijos, S.A., con CIF A-35283068 y domicilio en calle Pasaje de Pedro Vera, n.º 4-6, piso 1.º, oficina 9, Las Palmas de G.C., Las Palmas; se ha dictado Auto el día 17 de junio de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de FINCAS MARRERO SÁNCHEZ E HIJOS, S.A., el que se tramitará por el procedimiento ordinario voluntario. Se designan como Administradores del concurso a: Luis Val Rodríguez., como Abogado, Ernesto-Raúl Labao Saavedra, como Titulado Mercantil y a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., como acreedor. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención por la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados podrán comunicar su crédito sin comparecer en forma, para el resto de actuaciones deberán valerse de abogado y procurador (art. 184.3 LC). D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de G.C., 21 de junio de 2011.- Las Palmas de G.C.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.