Insolvency proceedings
FAINSALTEC SL
CIF B65618555See the company page →
- Notices
- 7 — 30/07/2018 → 01/12/2020
- Case number
- 587/2018
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil nº. 9 de Barcelona · MERCANTIL - 9
Case timeline
- Otro acto concursal01/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 587/2018Judge : MONTSERRAT MORERA RANSANZOrder 29/06/2020
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal01/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 587/2018Judge : MONTSERRAT MORERA RANSANZOrder 29/06/2020
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal16/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº. 9 de BarcelonaProc. 587/2018Order 07/10/2020
Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 9 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso voluntario abreviado 587/2018 de FAINSALTEC, S.L., con NIF B65618555, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por insuficienca de masa activa tras reapertura del mismo por aparición de nuevos bienes. Barcelona, 7 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafi Roig.
- Conclusión del concurso13/10/2020⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 587/2018Judge : francesc xavier rafi roigOrder 29/06/2020
conclusion
- Otro acto concursal23/06/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 587/2018Order 26/05/2020
Don Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 587/2018 se dictó un auto en fecha 26 de mayo de 2020 por el que se ha concluido el concurso de FAINSALTEC, S.L., con NIF B65618555, por insuficiencia de masa activa. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado la extinción de la personalidad jurídica de la mercantil concursada y el cese de la administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 11 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafi Roig.
- Conclusión del concurso18/06/2020⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 587/2018Judge : FRANCESC XAVIER RAFI ROIGOrder 26/05/2020
CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso30/07/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 587/2018Order 16/07/2018
Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso 587/2018 Sección C3 NIG: 0801947120188001874 Fecha del auto de declaración. 16 de julio de 2018. Clase de concurso. voluntario, abreviado. Entidad concursada. FAINSALTEC, S.L., con B65618555, con domicilio en Calle FRANÇA, 26, 08769 - Castellví de Rosanes. Administradores concursales. La sociedad profesional MILINERS CONCURSAL, S.L.P., quien designa a D. JOAQUIN BORDAS MONTOLIU de profesión economista. Dirección postal: Av. Diagonal, 550, 3º-1ª de Barcelona (08021) Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 20 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.