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Insolvency proceedings

FAFRAN ALIMENTACION SL

CIF B45761616See the company page

Notices
210/02/201530/11/2019
Case number
6/2015
Court
Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal30/11/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 6/2015Order 26/11/2019

    EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid. En el procedimiento concursal 6/2015 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de FAFRAN ALIMENTACIÓN, S.L., con CIF nº B45761616. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 26 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

  2. Otro acto concursal10/02/2015
    ⚖️ MADRIDProc. 6/2015Order 28/01/2015

    Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 6/2015, referente al concursado FAFRAN ALIMENTACIÓN, S.L. se ha dictado auto por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, de fecha 28 de enero del 2015, en el concurso voluntario abreviado con CIF: B-45761616. 2.º El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 4.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administradora concursal D.ª M.ª ÁNGELES VALLES RODRÍGUEZ, con domicilio en la calle Meléndez Valdés, n.º 59, 1.º Izda., B 28015 Madrid y así como correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 28 de enero de 2015.- Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.