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Insolvency proceedings

EX LIBRIS EDICIONES SL

CIF B81438749See the company page →

Notices
4 — 29/03/2014 → 04/07/2020
Case number
499/2013
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal04/07/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 499/2013Order 19/06/2020

    EDICTO Doña Adela Moreno Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso ordinario 499/2013 referente al deudor EXLIBRIS EDICIONES, S.L., con CIF B-81438749 por auto de fecha 19/06/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, y el cese de la Administración concursal. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 19 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.

  2. Conclusión del concurso30/06/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 499/2013Judge : CARLOS NIETO DELGADOOrder 19/06/2020

    DECLARACION Y CONCLUSION POR INSUFICIENCIA DE MASA. EXTINCION DE LA PERSONA JURIDICA

  3. Otro acto concursal22/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridProc. 499/2013Order 27/06/2014

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 499/2013, referente a la mercantil EXLIBRIS EDICIONES, S.L., con número de CIF: B-81438749, se ha presentado el informe de la Administración Concursal a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2.º Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. El edicto se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. 3.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la diligencia de fecha 27 de junio de 2014. 4.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 27 de junio de 2014.- Secretaria judicial.

  4. Otro acto concursal29/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 499/2013Order 04/12/2013

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo previsto en el art.23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso voluntario Ordinario número 499/2013, por auto de fecha 4 de diciembre de 2013 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil EXLIBRIS EDICIONES, S.L., con CIF B-81438749, cuyo centro de principales intereses lo tiene en la calle Infanta Mercedes, n.º 92, de Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal doña Montserrat Herrera Hernández, con domicilio en la Plaza de Cascorro, n.º 9, 4.º B, 28005 Madrid, o comunícase por correo electrónico:[email protected]. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 24 de enero de 2014.- Secretaria judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.