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Insolvency proceedings
EUROMETAL-2000 SL
CIF B07983760See the company page →
- Notices
- 1 — 21/04/2021 → 21/04/2021
- Case number
- 1726/2020
- Court
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma
Case timeline
- Declaración de concurso21/04/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de PalmaProc. 1726/2020Order 12/03/2021
D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial 1726/2020 y N.I.G. 07040 47 1 2020 0004528 se ha dictado, en fecha de 12 de marzo de 2021, auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la entidad Eurometal 2000, S.L., con C.I.F. B07983760, y domicilio en calle Asegra, 24 de Palma (Baleares). 2º.- Se ordena la suspensión de las facultades de Administración y disposición de la entidad concursada, las cuales serán asumidas por la Administración Concursal. 3º.- Que el Abogado nombrado Administración Concursal D. Juan Miguel Astorga Llabrés, en fecha de 25 de marzo de 2021, ha aceptado el cargo. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255 a 258 TRLC. Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal calle Gilabert de Centelles, 8 Esc. Derecha, 4.º 2.ª, 07005 Palma, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512.1 y 2 TRLC). Palma, 9 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.