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Insolvency proceedings

ESCRIVA Y ESTEVAN SL

CIF B97098297See the company page

Notices
230/06/201114/03/2013
Case number
330/2011
Court
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Case timeline

  1. Conclusión del concurso14/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 330/2011Order 14/02/2013

    D./Dña. Pilar Lluna Gascó, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 330/2011 habiéndose dictado en fecha 14 de febrero de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Se Decreta la Conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 330/2011, promovido por el Procurador Sr/a. Llorente Sánchez Beatriz, en nombre y representación de la mercantil Escriva y Estevan, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/D.ª Ana Aparicio Grau, con DNI n.º 22.545.739-N, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Escriva y Estevan, S.L., con C.IF. B-97098297, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5 de octubre de 2012. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)." Valencia, 14 de febrero de 2013.- La Secretaria judicial.

  2. Declaración de concurso30/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 01/06/2011

    Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 330/11 habiéndose dictado en fecha 1 de junio de 2011 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Escriva y Estevan, S.L., con CIF. B-97098297, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña Ana Aparicio Grau, con NIF número 22.545.739-N, Abogado, con despacho profesional en Valencia, Avda. de la Plata, n.º 3-3º-9ª; tel. 963221997-678747763, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 1 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.