Insolvency proceedings
EMEACHE SA
CIF A29197522See the company page →
- Notices
- 5 — 23/05/2013 → 16/11/2021
- Case number
- 327/2013
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga
Case timeline
- Otro acto concursal16/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 327/2013Judge : OLGA AHEDO PEÑAOrder 30/07/2021
CONCLUSION DEL CONCURSO Y ACUERDA ARCHIVO POR INSUFICIENCIA MASA ACTIVA,. CESE DE ADMINISTRACION CONCURSAL Y EXHONERACION PASIVO INSATISFECHO.
- Otro acto concursal16/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 327/2013Judge : Pedro MalagonOrder 30/07/2021
Edicto anuncia presentación informe administración y plazo impugnación Art. 294 TRLC
- Conclusión del concurso16/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 327/2013Judge : MAGISTRADO JUEZOrder 30/07/2021
Se declara el concurso voluntario de D. José Ramón Cases García, con todos los pronunciamientos inherentes a dicha declaración, acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de masa.
- Conclusión del concurso04/11/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 327/2013Judge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZOrder 28/10/2021
Que en el Proc 327/2013 referente al deudor EMEACHE, SA , por auto de 30/06/2021 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido las operaciones de liquidación, cesando el AC en su cargo. Contra esta resolución no cabe recurso.
- Otro acto concursal23/05/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaOrder 08/05/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 327/13 con NIG núm. 2906742M20130000511, por auto de fecha 6 de mayo de dos mil trece, se ha declarado en concurso voluntario al deudor EMEACHE S.A., con NIF A29197522, domicilio en Málaga, Avd. Las Vegas, núm. 15, Polígono Industrial el Viso, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra D. Carlos Alberto López Serrano, provisto de DNI 24852839-M; español, mayor de edad, con vecindad civil común, vecino de Mijas Costa, domicilio y dirección postal Avd. Mijas, núm. 2, Edf. Serrano 2, 1.º D, Teléfono: 952469818. Profesión: Economista, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Malaga, 8 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.