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Insolvency proceedings
EMANA SOLUTIONS SL
CIF B86444106See the company page →
- Notices
- 2 — 23/05/2015 → 19/06/2017
- Case number
- 317/2015
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal19/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 317/2015Order 01/06/2017
Edicto Don LUIS ESPINOSA NAVARRO, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, En el procedimiento concursal 317/2015 se dictó con fecha 1.6.2017 auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de EMANA SOLUTIONS, S.L., con CIF B 86444106. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se ha acordado la extinción de la persona jurídica EMANA SOLUTIONS, S.L. Madrid, 1 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal23/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 317/2015Order 11/05/2015
Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 317/2015, por auto de 08.05.2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "EMANA SOLUTIONS, S.L.", con domicilio social en domicilio social en avenida de Levante, n.º 101, portal 3, 2.º A, de Rivas Vaciamadrid (28521), Madrid, con CIF B-86444106, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 29849, folio 7, hoja número M-537051. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. - Lugar para tal comunicación: 1.- por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de EMANA SOLUTIONS, S.L.": att. de D.ª MARÍA DEL MAR CABEZA GUTIÉRREZ, C/ Serrano, 63, esc. 2, 4.º izda., CP 28006, Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de mayo de 2015.- Secretaria judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.