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Insolvency proceedings

EKIS MOTION SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35982172See the company page

Notices
321/07/202030/09/2020
Case number
436/2016 · 141/2020
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Case timeline

  1. Otro acto concursal30/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 436/2016Judge : ANGELA SANZ RUBIOOrder 13/07/2020

    DECLARACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO CON APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN

  2. Conclusión del concurso30/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 436/2016Judge : CARLOS NIETO DELGADOOrder 13/07/2020

    AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO Y ARCHIVO

  3. Conclusión del concurso21/07/2020
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 141/2020Order 13/07/2020

    Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000436/2016, se ha dictado en fecha 13 de julio de 2020 Auto núm. 141/2020 declarando la conclusión del concurso de la mercantil EKIS MOTION S.L., con CIF B35982172, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara la conclusión del concurso de EKIS MOTION, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de2 las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Se acuerda la extinción de la sociedad EKIS MOTION, S.L., y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 1884, Folio 1, Hoja GC-40179. Las Palmas de Gran Canaria, 16 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.