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Insolvency proceedings

EGARCOLON SL

CIF B64385172See the company page

Notices
220/04/201623/05/2017
Case number
117/2016
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Insolvency administrator
D

Case timeline

  1. Otro acto concursal23/05/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 117/2016Order 28/04/2017

    Doña Margarita Marquina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mecantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso ordinario 117/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de EGARCOLON, S.L., con NIF B64385172, con domicilio en Avda. Jachard, n.º 87, entresuelo de Terrassa. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 28 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal20/04/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 117/2016Order 08/03/2016

    Edicto Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 117/2016 en el que se ha dictado con fecha 8 de marzo de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Egarcolon, S.L. con CIF B64385172 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 - 1 -2015 - 8008375. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Egarcolon, S.L. con domicilio en Avda. Jacquard nº 87, entresuelo de Terrassa. Administrador concursal: D. Marcos Latorre García en representación de Eve Administración Concursal, S.LP., con domicilio en calle Pau Clarís, 157, 2º de Barcelona, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a loss acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. Tambien podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. Tambien se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concusal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 14 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.