Insolvency proceedings
E2352011D
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- Notices
- 5 — 06/10/2011 → 07/02/2012
- Case number
- 786/2011 · 426/2011 · 436/2011 · 556/2011 · 456/2011
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal07/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 786/2011Order 19/01/2012
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 786/2011 referente al concursado Aricam 2001, S.L., por auto de fecha 19 de enero de 2012, sobre adecuación procesal del art. 84.1 L.E. Civil y D:F 5.ª de la L.Co, se ha dispuesto, entre otros, lo siguiente: 1.-El cese, por meras razones procesales de acumulación de autos, de los Administradores concursales designados don José María Araúz de Robles, don Ramón Soler Amaro y don José Javier Valle Lobo, que serán sustituidos (manteniendo el régimen acordado respecto a las facultades de administración y disposición) por el Letrado Administrador concursal don César Cervera Cantón y por el Economista don Rodrigo Cabedo, siendo el tercero acreedor administrador designado en el momento procesal oportuno; sin perjuicio de la comunicación e inclusión como crédito contra la masa (-una vez fijados los textos definitivos y las masas activas y pasivas-) de los honorarios devengados por aquel en relación con las fases y actuaciones procesales realizadas hasta su sustitución; 2.-La publicación en el BOE de la presentación del informe a los efectos de los arts. 94, 95 y 96 L.Co. por este Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, así como realizar aquellas actuaciones precisas para la adecuación de ambos procesos concursales, adaptando los más modernos a los más antiguos, sin perjuicio de su tramitación separada y coordinada. 3.-Ordenar, de conformidad con el art. 23 L.Co., nueva publicación en el BOE de la parte dispositiva de ésta Resolución, a los fines de hacer constar que por Auto de 23.5.2011 de este Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del presente proceso concursal de Aricam 2001, S.L., seguido en el Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid con n.º 87/11, el cual continuará su tramitación en el Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid con el n.º 786/11; declarando la gratuidad de la publicación. 4.-Dar a la presente Resolución la publicidad dispuesta en el art. 24 L.Co., remitiendo mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de Toledo para la inscripción (dada la firmeza del Auto aceptando la acumulación). Madrid, 19 de enero de 2012.- El/la Secretario/a judicial.
- Declaración de concurso23/11/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 De MadridProc. 426/2011Order 27/10/2011
Edicto. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 De Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 426/2011 referente al concursado Calizas Pedavel, S.A., por auto de fecha 27 de octubre de 2.011, sobre adecuación procesal del art. 84.1 L.E.Civil y D:F 5.ª de la L.Co, se ha acordado lo siguiente: 1.- mantener la Administración concursal designada, al resultar parcialmente idéntica a la existente en la sociedad dominante, lo que resultará útil y beneficioso para el ordenado desarrollo de ambos procesos en sus distintas fases; 2.- se proceda por la Administración concursal a la comunicación crediticia dispuesta en Auto de declaración de concurso, que se seguirá en este Juzgado con el n.º 426/11, así como aquellas actuaciones precisas para la adecuación de ambos procesos concursales, adaptando los más modernos a los más antiguos, sin perjuicio de su tramitación separada y coordinada. 3.- ordenar nueva publicación en el BOE, a los fines de hacer constar que por Auto de 23.5.2011 de este Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del presente proceso concursal de Calizas Pedavel, S.A. seguido en el Juzgado Mercantil n.º 9 de Madrid, el cual continuará su tramitación en el Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid con el n.º 426/11; declarando la gratuidad de la publicación. Madrid, 27 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/10/2011⚖️ MADRIDProc. 436/2011Order 26/09/2011
María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 436/2011 referente al concursado Metrum Corporación y Desarrollo, S.L., por auto de fecha 26 de septiembre de 2011, sobre adecuación procesal del art. 84.1 L.E. Civil y D:F 5.ª de la L.Co, se ha acordado lo siguiente: 1.- el cese, por meras razones procesales de acumulación de autos, del Administrador concursal designado Don Carlos Álvarez Fernández, que será sustituido por el Letrado Administrador concursal Don César Cervera Cantón; sin perjuicio de la comunicación e inclusión como crédito contra la masa (-una vez fijados los textos definitivos y las masas activas y pasivas-) de los honorarios devengados por aquel en relación con las fases y actuaciones procesales realizadas hasta su sustitución; y dese a dicho cese y designación la publicación exigida por los art. 23 y 24 L.Co.; haciendo entrega de los mandamientos al Procurador de la saliente, a los efectos oportunos. 2.- Que por la Administración concursal proceda a realizar aquellas actuaciones precisas para la adecuación de ambos procesos concursales, adaptando los más modernos a los más antiguos, sin perjuicio de su tramitación separada y coordinada. 3.- ordenar nueva publicación en el BOE de la parte dispositiva de ésta Resolución, a los fines de hacer constar que por auto de 23.5.2011 de este Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del presente proceso concursal de Metrum Corporación y Desarrollo, S.L. seguido en el Juzgado Mercantil número 9 de Madrid, el cual continuará su tramitación en el Juzgado Mercantil número 6 de Madrid con el n.º 436/11; declarando la gratuidad de la publicación. Madrid, 26 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 556/2011Order 22/09/2011
Edicto María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia Que en el procedimiento concursal número 556/2011 referente al concursado PEDRERA VACARISSES, S.L. por auto de fecha 22 de septiembre de 2011, sobre adecuación procesal del art. 84.1 L.E.Civil y D:F 5.ª de la L.Co, se ha acordado lo siguiente: 1. Mantener la Administración concursal designada; 2. Se proceda por la Administración concursal a la emisión ante este Juzgado y n.º de procedimiento del informe provisional del art. 94 L.Co., así como aquellas actuaciones precisas para la adecuación de ambos procesos concursales, adaptando los más modernos a los más antiguos, sin perjuicio de su tramitación separada y coordinada. 3. ordenar nueva publicación en el BOE de la parte dispositiva de ésta Resolución, a los fines de hacer constar que por Auto de 23.5.2011 de este Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del presente proceso concursal de PEDRERA VACARISSES, S.L. seguido en el Juzgado Mercantil n.º 3 de Madrid, el cual continuará su tramitación en el Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid con el n.º 556/11; declarando la gratuidad de la publicación. Madrid, 22 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/10/2011⚖️ MADRIDProc. 456/2011Order 23/09/2011
Edicto María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 456/2011 referente al concursado Graveras y Desmontes, S.A., por auto de fecha 23 de septiembre de 2011, sobre adecuación procesal del artículo 84.1 L.E.Civil y D: F 5.ª de la L.Co, se ha acordado lo siguiente: 1.- Acordar el cese de la Administración concursal designada, formada por Don Carlos Álvarez Fernández y don Julio Viñuelas Gálvez; debiendo los mismos comunicar provisionalmente el crédito contra la masa derivado de sus honorarios, sin perjuicio de su liquidación definitiva finalizada la fase común del proceso concursal; 2.- Designar como Administradores concursales de la mercantil Graveras y Desmontes, S.A. al Letrado Don César Cervera Cantón y al Economista Don Rodrigo Cavedo; procediendo a la designación del tercero administrador concursal acreedor en cuanto conste la idoneidad de alguno de ellos; dando a dicho cese y designación la publicidad exigida por los arts. 23 y 24 L.Co.; haciendo entrega de los mandamientos al Procurador de la solicitante, a los efectos oportunos. 3.- La continuación del procedimiento por sus cauces ante este Juzgado número 6, que se seguirá en este Juzgado con el n.º 456/11, procediendo su tramitación conjunta y la adopción de las actuaciones precisas para la adecuación de ambos procesos concursales, adaptando los más modernos a los más antiguos, sin perjuicio de su tramitación separada y coordinada. 4.- Ordenar nueva publicación en el BOE, a los fines de hacer constar que por Auto de 23.5.2011 de este Juzgado Mercantil número 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del presente proceso concursal de Graveras y Desmontes, S.A. seguido en el Juzgado Mercantil número 3 de Madrid, el cual continuará su tramitación en el Juzgado Mercantil número 6 de Madrid con el n.º 456/11; declarando la gratuidad de la publicación. Madrid, 23 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.