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Insolvency proceedings

DURSE CONSTRUCCIONS SL

CIF B60742335See the company page

Notices
119/12/201119/12/2011
Case number
861/2011
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal19/12/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 861/2011Order 01/12/2011

    Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 861/2011, en el que se ha dictado con fecha 1 de diciembre de 2011, auto declarando en estado de concurso a la entidad Durse Construcciones, S.L., con CIF B60742335, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Durse Construcciones, S.L., con domicilio en Premià de Dalt, calle del Mar, 19-21. Administrador/es concursal/es: D. Cristian Valcárcel Bernall (abogado), domiciliado en Paseo de Gracia, 51, principal. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberan poner en conocimiento de la adminsitración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal, sita en Gran Via de les Corts Catalanes, 111, planta 13, edificio C, la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la ultima de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial en sustitución.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.