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Insolvency proceedings

DIVATTO MOBILIARI SL

CIF B92386317See the company page

Notices
214/10/201517/11/2018
Case number
1531/2015
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga · Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga

Case timeline

  1. Conclusión del concurso17/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 1531/2015Order 12/11/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, Anuncia: Que en el procedimiento número 1531/2015, con NIG 2906742M20150002726, del deudor DIVATTO MOBILIARI S.L., C.I.F. n.º B-92386317, por auto de fecha 12 de noviembre de 2018 se ha acordado la conclusión del concurso por finalización de las operaciones de liquidación, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por finalización de las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad DIVATO MOBILIARI S.L., debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC. Málaga, 13 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

  2. Otro acto concursal14/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de MálagaProc. 1531/2015Order 23/09/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1531/2015, con NIG 2906742M20150002726, por auto de 11/09/15 se ha declarado en concurso voluntario de forma conjunta a los deudores: - Divatto Mobiliari, S.L., con CIF n.º B-92386317, expediente 1531/15. - Inversiones Inmobiliarias Orbela, S.L., con CIF n.º B-33473026, expediente 1647/15. - Chester´s Prestige, S.L., con CIF n.º B-33478462, expediente 1648/15. - Grupo Divatto Prestige, S.L., con CIF n.º B-83191742, expediente 1649/15. - Emporio Divatto, S.L., con CIF n.º B-92503812, expediente 1650/15. - Nova Divatto, S.L., con CIF n.º B-92574482, expediente 1651/15. - Grupo Fadiso, S.L., con CIF n.º B-92753763, expediente 1652/15. Con domicilio todas ellas en Málaga, Paseo de Sancha, n.º 4. CP 29016. Se advierte que en el procedimiento 1531/15 se realiza la declaración conjunta de los solicitantes, no un único concurso, siendo que para cada uno de ellos se tramitará el concurso de manera separada, con sus correspondientes secciones, informes, planes, etc..., siendo común unicamente la pieza de personaciones, que será la 1531.11/15. 2º.- Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la Administración Concursal la integra D. JUAN FERNÁNDEZ RAMOS, con D.N.I. n.º 33.355.079-L, lo hacen en su calidad de representante solidario de la entidad 1900 CONCURLEGIS, S.L.P., con CIF n.º B-93293942, domicilio en Málaga y dirección postal C/ Granados, n.º 3-4.º A, CP 29008, tfno: 952-22-75-89, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera, en este caso del expediente 89/14. 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 23 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.