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Insolvency proceedings

DISUASON SL

CIF B65141533See the company page

Notices
220/03/201405/04/2016
Case number
02/2014
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Case timeline

  1. Conclusión del concurso05/04/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaOrder 18/03/2016

    Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y Provincia. Hago saber: Que en el Concurso n.° 132/14-B seguido en este Juzgado a instancia del Procurador sr. Jaume Romeu Soriano en nombre de Disuason, S.L., con CIF núm.: B65141533 se ha dictado en esta fecha auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 18 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal20/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaProc. 02/2014Order 03/03/2014

    Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso voluntario 132/14-B, en el que se ha dictado con fecha 21/02/14 auto declarando en estado de concurso a la empresa Disuason, S.L., con CIF B65141533 y domicilio en calle Marina, 20-22, de Cornellá de Llobregat con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado administrador concursal a GS Insolvency Management, S.L.P., quien ha designado para que ejerza las funciones de administrador concursal a D. Luis Jiménez-Asenjo Sotomayor, siendo quien en fecha 28/02/2014 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal calle Balmes, 209, 2.º 1.ª, de Barcelona, y dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y Procurador que les defienda y represente salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud.acta. Barcelona, 3 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.