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Insolvency proceedings

DESARROLLO ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS SL

CIF B97390553See the company page

Notices
302/11/201023/12/2013
Court
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Case timeline

  1. Conclusión del concurso23/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrder 19/11/2013

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 000920/2010 voluntario, de la deudora Concursada Desarrollo Elementos Constructivos, S.L., con CIF n.° B97390553, con domicilio en la Calle Encreullades, n.° 113 (Pol. ind. El Coscollar), Aldaia (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diecinueve de noviembre de dos mil trece por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 19 de noviembre de 2013.- El Secretario judicial.

  2. Apertura de liquidación15/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrder 02/09/2011

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado - 000920/2010 voluntario, de la deudora concursada DESARROLLO ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, S.L., con CIF n.° B-97390553, con domicilio en la calle Encreullades, n.° 113 (Pol. Ind. "El Coscollar"), Aldaia (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha dos de septiembre de dos mil once por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concúrsales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 2 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso02/11/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrder 23/09/2010

    D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad, ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n° 000920/2010, habiéndose dictado en fecha veintitrés de septiembre de dos mil diez por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Desarrollo Elementos Constructivos, S.L. con domicilio en Calle Encreullades, n° 113 (Pol. Ind. El Coscollar), Aldaia (Valencia) y CIF n° B97390553, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7.640 ó 7.649, libro 4.939, folio 38, hoja V-93.278. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 23 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.