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Insolvency proceedings

CROM COLOR SA

CIF A08916611See the company page

Notices
228/11/201227/03/2018
Case number
469/2012
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona

Case timeline

  1. Conclusión del concurso27/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 469/2012Order 06/03/2018

    Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, hago saber que: En el Concurso voluntario abreviado 469/2012 se ha dictado un auto en el día de la fecha, de conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa de la mercantil CROM COLOR S.A., con NIF A08916611. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado la extinción de la persona jurídica y el cese de la administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 6 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso28/11/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 469/2012Order 03/10/2012

    Don Juan Ignacio Gómez del Blanco, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dictó el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de Asunto: Concurso 469/2012 Sección C3. Fecha del Auto de Declaración: 3 de octubre de 2012. Clase de Concurso: Voluntario/Abreviado con liquidación. Entidad Concursada: Crom Color, S.A., con domicilio en Riera Can Toda, 20, de Barcelona, con CIF número A-08916611. Administradores Concursales: Think it Legal, SLP, que ha designado a don Manuel Pérez López de Briñas (Abogado) con: -DIrección postal: Vía Augusta, 48-54, 1.º, 3.ª, de Barcelona. -DIrección electrónica: [email protected] Régimen de las Facultades del Concursado: Suspendidas. Registro Público de Resoluciones Concursales: www.publicidadconcursal.es. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberan poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o eletrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts catalanes, 111. edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 24 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.