Insolvency proceedings
CRISMONA SA
CIF A14015788See the company page →
- Notices
- 3 — 06/07/2013 → 16/12/2014
- Case number
- 9/2014 · 204/2013
Case timeline
- Convenio de acreedores16/12/2014⚖️ CÓRDOBAProc. 9/2014Order 01/09/2014
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 204/13-C2, referente al deudor, Crismona, S.A., con CIF número A14015788, se ha dictado en fecha 1/9/2014 sentencia, aprobando judicialmente el convenio propuesto por el deudor. El convenio está de manifiesto en Secretaría para quienes acrediten interés en su conocimiento. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE. Córdoba, 1 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal18/11/2013⚖️ CÓRDOBAProc. 204/2013Order 29/10/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia 1.- Que en el procedimiento concursal número 204/2013 referente al deudor Crismona, S.A. con código de identificación fiscal número A14015788, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Córdoba, 29 de octubre de 2013.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/07/2013⚖️ CÓRDOBAProc. 204/2013Order 20/06/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia 1.- Que en el procedimiento número 204/2013, con NIG 1402142M20130000224, por auto de fecha diecisiete de junio de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Crismona, S.A., con código de identificación fiscal número A14015788, y domicilio en calle Baena, 25, Doña Mencía (Córdoba), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.- Se ha nombrado Administrador concursal a Abstom Concursal, S.L.P., con código de identificación fiscal B14934301. 4.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. Deberán remitir los créditos a la dirección postal facilitada por el administrador concursal en avenida Conde de Vallellano, número 7, escalera derecha, 3.º 2, 14004 Córdoba, o por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]. También se establece para consulta y comunicación de créditos la siguiente página web: www.webconcurso.es/crismona.html. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 20 de junio de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.