HomeJusticeCONSTRUCCIONES SASTRE SA

Insolvency proceedings

CONSTRUCCIONES SASTRE SA

CIF A08089369See the company page

Notices
203/05/201428/05/2019
Case number
79/2014
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal28/05/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 79/2014Order 24/04/2019

    Gaspar Caballero Ochoa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso ordinario 79/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de CONSTRUCCIONES SASTRE, S.A., con NIF A08089369, con domicilio en Rambla Catalunya, 53-55, 08007 Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 24 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

  2. Declaración de concurso03/05/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 79/2014Order 27/01/2014

    Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 79/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Construcciones Sastre, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 79/2014 Sección C1. NIG del procedimiento: 0819- 47-1- 2014-8000091. Entidad concursada: Construcciones Sastre, S.A., con CIF n.º A08089369. Tipo de concurso: Voluntario Fecha del auto de declaración: 27 de enero de 2014. Administrador concursal: José Juan Andújar Santois, con domiiclio profesional en av. Gran Vía de les Corts Catalanes, 643, 4.º, 08010 Barcelona, núm. de teléfono 933426270, núm. de fax 933426271, con dirección electrónica: [email protected], designado por la sociedad nombrada administradora concursal Graells & Andujar Administradores Concursales, SLP. Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso pormedio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art.85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, el domicilio y demás datos de la identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos caracteristicas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación,del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autorice al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.