Home›Justice›CONSTRUCCIONES MIGUEL MULAS SL
Insolvency proceedings
CONSTRUCCIONES MIGUEL MULAS SL
CIF B37338266See the company page →
- Notices
- 2 — 05/06/2014 → 23/07/2014
- Case number
- 520/2013
Case timeline
- Otro acto concursal23/07/2014⚖️ SALAMANCAProc. 520/2013Order 11/07/2014
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 520/2013 referente al deudor CONSTRUCCIONES MIGUEL MULAS, S.L., con CIF número B-37338266, mediante Auto firme de fecha 11 de julio de 2014 se ha acordado: 1. La conclusión del presente concurso de acreedores del deudor Construcciones Miguel Mulas, S.L. por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento. 3. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica CONSTRUCCIONES MIGUEL MULAS, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 4. Declarar el cese de la Administración concursal. Salamanca, 11 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso05/06/2014⚖️ SALAMANCAProc. 520/2013Order 22/05/2014
Don Javier Iglesias Martín, Secretario judicial de Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, por el presente, hago saber: 1.º Que en el concurso voluntario abreviado 520/2013 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 22 de mayo de 2014 Auto de declaración de concurso de CONSTRUCCIONES MIGUEL MULAS, S.L., con CIF n.º B-37338266, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Avda. Portugal, n.º 117, ático A, de Salamanca, que coincide con el centro de sus intereses principales. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La Administración concursal designada es D.ª. Marta Isabel Sánchez García, con dirección postal en C/ Hortaleza, 8, 2.º A, 37001 de Salamanca, y dirección electrónica [email protected]. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Salamanca, 26 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.