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Insolvency proceedings
CONFECCIONES RONEY SL
CIF B41031923See the company page →
- Notices
- 2 — 01/06/2010 → 12/04/2014
- Case number
- 322/2010
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla
Case timeline
- Conclusión del concurso12/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SevillaOrder 28/03/2014
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 322/10-5, con NIG 4109142M20100000724, por auto de fecha 28.03.2014 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Confecciones Roney, S.L., con C.I.F. número B-41031923, y domicilio en Sevilla, C/ Luis Alarcón de la Lastra, 7. Sevilla, 28 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal01/06/2010⚖️ SEVILLAProc. 322/2010Order 26/04/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 322/2010, por auto de 26 de abril de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Confecciones Roney, S.L.", con CIF número B-41031923 y domicilio en Sevilla, calle General Luis Alarcón de la Lastra, 7. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Sevilla, 26 de abril de 2010.- El/La Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.