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Insolvency proceedings

COMPETIN SA

CIF A58927534See the company page →

Notices
2 — 13/05/2014 → 03/12/2020
Case number
843/2013
Court
MERCANTIL - 1

Case timeline

  1. Conclusión del concurso03/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 843/2013Judge : YOLANDA RIOS LOPEZOrder 28/10/2020

    AUTO CONCLUSION CONCURSO

  2. Otro acto concursal13/05/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 843/2013Order 15/01/2014

    Edicto Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8007103 y número 843/2013 H, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 15 de enero de 2014 de COMPETIN, S.A., con CIF número A-58927534, y domicilio en avda. J.V Foix, 33, bajos, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. La Administradora concursal es doña Olga Forner Beltran, con domicilio en plaza Europa, 41-43. L'Hospitalet de Llobregat. Dirección electrónica: oforner@ kpmg.es Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el "BOE" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan, exclusivamente, comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 23 de abril de 2014.- El Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.