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Insolvency proceedings

COMPASS MOBILE SOLUTIONS SL

CIF B92905595See the company page

Notices
213/06/201201/03/2014
Case number
02/2014
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

Case timeline

  1. Conclusión del concurso01/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 02/2014Order 12/02/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 666.01/11 (NIG2906742M20110001124 ) por auto de fecha 10/02/2014, se ha declarado la conclusión del concurso necesario del deudor Compass Mobile Solutions, S.L., con CIFB92905595, por falta de bienes conforme al art. 176.bis 1 de la LC. Málaga, 12 de febrero de 2012.- Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal13/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaOrder 25/04/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 666/11 por auto de fecha 25 de abril de 2012, se ha declarado en concurso necesario al deudor Compass Mobile Solutions, S.L., con NIF B-92905595, domicilio social en Málaga, Campanillas; Parque Tecnológico de Andalucia, C/ Ivan Paulov, núm. 8, bloque 2, al, oficinas F y G. 2º.- Que el deudor quedará suspendido en sus facultades de Administración y disposición, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3º.- Que la administración concursal la integra doña Graciela Mateo González, mayor de edad, titulada mercantil, con DNI. núm. 33367875-G, vecina de Málaga, con domicilio en calle Hurtado de Mendoza, núm. 19, oficina A, teléfono 651805393, y con dirección de correo electrónico a efectos de comunicación de créditos: [email protected] 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 28 de mayo de 2012.- Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.