Home›Justice›COMERCIAL DISTRESEDOS SL
Insolvency proceedings
COMERCIAL DISTRESEDOS SL
CIF B31967029See the company page →
- Notices
- 3 — 11/02/2010 → 27/11/2010
- Case number
- 13/2010
Case timeline
- Conclusión del concurso27/11/2010⚖️ PAMPLONAProc. 13/2010Order 03/11/2010
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña anuncia: Que en el procedimiento concursal número 13/2010 referente al concursado Comercial Distresedos, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B31967029 y domicilio en La Máquina 1 de Cortes (Navarra), por auto de 3 de noviembre se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva contiene los siguientes particulares: Primero.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Comercial Distresedos, Sociedad Limitada. Segundo.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal. Tercero.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin, expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. Cuarto.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra. Pamplona/Iruña, 3 de noviembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal12/05/2010⚖️ PAMPLONAProc. 13/2010Order 26/04/2010
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona número 1, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 13/2010 referente al deudor "Comercial Distresedos, Sociedad Limitada" con Código de Identificación Fiscal B31967029, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el "Boletín Oficial del Estado". Dentro del plazo de 10 días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acredores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Pamplona/Iruña, 26 de abril de 2010.- El/La Secretario judicial.
- Declaración de concurso11/02/2010⚖️ PAMPLONAProc. 13/2010Order 28/01/2010
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 13/2010, por auto de 28 de enero se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Comercial Distresedos, Sociedad Limitada", con domiciio en La Máquina, 1, de Cortes, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Cortes y con código de identificación fiscal B31967029. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el 15 días a contar desde el siguiente día a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Pamplona/Iruña, 28 de enero de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.