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Insolvency proceedings

CLEAN CLOUDS SL EN LIQUIDACION

CIF B54584685See the company page

Notices
116/02/201716/02/2017
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Case timeline

  1. Otro acto concursal16/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteOrder 10/01/2017

    D.ª Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 10 de enero de 2017 dictado en el procedimiento con número de autos 852/16 I y N.IG.03014-66-1-2016-0001871 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Clean Clouds, S.L. con CIF n.º B54584685 y domicilio en calle Patricio Ferrándiz, n.º 10 03700 Denia (Alicante). Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal D.ª PATRICIA MORA ALBERO, con DNI número 48303708 M, Abogada, designa para recibir comunicaciones de créditos de acreedores los siguientes: avda. Jaime I, n.º 12, 1.º dcha. Altea con horarios de atención a tales efectos 9 a 14 y de 17 a 19 horas. - como cuenta de correo electrónico [email protected] - domicilio en la localidad donde tiene su sede este Juzgado en calle Villegas, n.º 4 esc. b tercero dcha. 03001 Alicante, tfno. 966274442, fax 966274442, para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 19 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.