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Insolvency proceedings

CIJOLBER SA

CIF A78868411See the company page →

Assets 7.507.809 €
Notices
8 — 11/04/2013 → 08/07/2021
Case number
390/2012 · 390/2020
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal08/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 390/2012Order 17/06/2021

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal08/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 390/2012Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 17/06/2021

    Sentencia de Calificación

  3. Convenio de acreedores29/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 390/2012Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 17/06/2021

    SENTENCIA APROBATORIA DEL CONVENIO. CESE DE LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO SOBRE LAS FACULTADES DE ADM. Y DISP. DEL DEUDOR. CESE DE LA ADM CONCURSAL APERTURA SECC. 6 CALIFICACION

  4. Otro acto concursal25/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 390/2020Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 23/11/2020

    Se decreta la tramitación escrita del convenio de CIJOLBER, S.A.

  5. Otro acto concursal25/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 390/2012Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 20/02/2020

    AUTO FIJANDO RETRIBUCION DEFINITIVA ADMINISTRACION CONCURSAL Y PRESENTADOS POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL LOS TEXTOS DEFINITIVOS

  6. Convenio de acreedores24/09/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 390/2012Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 09/09/2019

    Auto de apertura de la Fase de Convenio

  7. Convenio de acreedores18/09/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 390/2012Judge : JORGEL MONTULL URQUIJOOrder 09/09/2019

    AUTO CIERRE FASE COMUN Y APERTURA FASE CONVENIO, SEÑALAMIENTO JUNTA ACREEDORES DIA 12/12/19 A LAS 13 HORAS

  8. Otro acto concursal11/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 390/2012Order 20/03/2013

    Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 390/2012 se ha dictado auto por el Magistrado D. Antonio Pedreira González de fecha 20 de marzo de 2013 en el concurso voluntario ordinario al deudor Cijolber, S.A., con NIG 28079100060262012 y CIF A-78868411. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal Pedro Juez Martel con domicilio en calle Ferraz, n.º 82, 2.º izqda, 28008 Madrid, con número de teléfono: 91 542 41 42, fax: 91 758 00 34, con correo electrónico [email protected]. - No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 21 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.