HomeJusticeCATRAL EXPORT SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

Insolvency proceedings

CATRAL EXPORT SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B03297991See the company page

Notices
718/10/201003/10/2025
Case number
368/2010 · 09/2014 · 4/2012 · 07/2011 · 10/2010
Court
MERCANTIL DE ELCHE/ELX Nº 003 · Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil 3 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante

Case timeline

  1. Conclusión del concurso03/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE ELCHE/ELX Nº 003Proc. 368/2010Judge : FRANCISCO CABRERA TOMÁSOrder 24/09/2025

    CONCLUSIÓN CONCURSO ACREEDORES

  2. Otro acto concursal01/04/2025
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 368/2010Judge : FRANCISCO CABRERA TOMÁSOrder 28/03/2025

    INFORME RENDICION DE CUENTAS

  3. Apertura de liquidación27/09/2014
    ⚖️ ALICANTEProc. 09/2014Order 09/09/2014

    Doña Jorge Cuellar Otón, Secretaria judicial de Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Alicante, sede en Elx, Hago saber: Que en el concurso abreviado 000368/2010, referente al concursado CATRAL EXPORT, S.L., CIF n.º B-03297991 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante tomo 1.345 general, folio 1, hoja n.º A8611, por auto de fecha 02/09/2014, se ha acordado lo siguiente: 1. Se tiene por solicitada la liquidación de CATRAL EXPORT, S.L. 2. Se deja sin efecto alguno el convenio alcanzado con los acreedores y aprobado por Sentencia de 30/4/2012. 3. Se acuerda la reapertura del concurso, nombrando administrador concursal a AB LEGAL CONSUTLING ABARCA BELMAR SLP, con domicilio postal calle Severo Ochoa,42, bajo, Torrellano (Alicante) y dirección de correo electrónica: [email protected]. 4. Se decreta la apertura de la fase de liquidacion. 5. Se decreta la suspension de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la ley concursal. 6. Se declara la disolución de la entidad, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Elche, 9 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

  4. Convenio de acreedores12/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteProc. 4/2012Order 30/04/2012

    D. Jorge Cuéllar Oton, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Ordinario núm. 000368/2010 de la mercantil Catral Export, S.L., CIF n.º B-03297991, en el que se ha dictado sentencia con fecha 30/4/2012 por la que: Se aprueba el convenio aceptado en junta de fecha 9/3/2012, cesando en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiese encomendar a todos o alguno de ellos hasta su íntegro cumplimiento y de lo previsto en el capítulo II del título VI LC. Producido el cese, los administradores concursales rendirán cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de quince días. Aquellos acreedores que no hayan manifestado ya cuál de las alternativas interesa se le aplique (A o B), deberán de optar en el plazo de quince días desde la firmeza de la sentencia de fecha 30/4/2012. La opción se realizará mediante comunicación a este juzgado con acreditación de la representación legal o voluntaria que se ostente. Al acreedor que no ejercitase opción en el plazo señalado se aplicará la alternativa B). Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad la sentencia aprobando el convenio confome al artículo 109 en relación con el art. 23 de la LC. Elche, 30 de abril de 2012.- Secretario Judicial.

  5. Apertura de liquidación12/01/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de AlicanteOrder 09/03/2012

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia: Que en el concurso abreviado - 000368/2010, referente al concursado Catral Export, S.L., cif n.º B-03297991 inscrita en el registro mercantil de alicante tomo 1345 general, folio 1, hoja n.º a8611, con c.i.f. número B-03297991, con domicilio en carretera Catral-San Isidro, km. 1, Catral (Alicante), por auto de fecha 13.12.11, se ha acordado lo siguiente: Parte dispositiva: 1.- Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso. 3.- Se convoca la junta de acreedores que se celebrará el próximo día 9 de marzo de 2012 a las 10,30 horas en la sala de audiencias de este juzgado, publicándose edicto en el tablón de anuncios de este juzgado. 4.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 40 días naturales antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC). 5.- Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los plazos y forma previstos en art. 115 y 103 LC. 6.- Notifíquese a los personados y procédase a efectuar publicación en BOE de forma gratuita. Modo de impugnación: Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 LC. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Luis Seller Roca de Togores, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Alicante. Elche, 23 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

  6. Declaración de concurso23/07/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de AlicanteProc. 07/2011Order 03/06/2011

    Edicto D./Dña. Jorge Cuéllar Oton, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante, sede en Elche, Anuncia: Que en el concurso abreviado - 000368/2010, referente al concursado Catral Export, S.L., CIF n.º B-03297991 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante por auto de fecha 12/07/2011 se ha acordado acusar recibo de la resolución de la sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Alicante de fecha 3 de junio de 2011 resolviendo recurso de apelación contra el auto de declaración de concurso necesario de 5/10/2010 por la que se estima dicho recurso modificando la naturaleza del mismo en el sentido de que dicho concurso tiene la consideración de voluntario, acordando el referido auto la publicación en el BOE y la expedición de mandamiento al Registro Mercantil de la Provincia de Alicante. Elche, 12 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

  7. Declaración de concurso18/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de AlicanteProc. 10/2010Order 06/10/2010

    Edicto D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Ordinario num. 000368/2010 habiéndose dictado con fecha 5/10/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Catral Export, S.L., con domicilio en Carretera Catral-San Isidro Km.1, Catral (Alicante) CIF n.º B-03297991, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante tomo 1345 general, folio 1, hoja n.º A8611, representada por el procurador D./D.ª Lorenzo Christian Ruiz Martínez. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Elche, 6 de octubre de 2010.- Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.