Insolvency proceedings
CANDESTEVIA, S.L
CIF B39764410See the company page →
- Notices
- 2 — 05/05/2016 → 06/03/2018
- Case number
- 66/2015 · 03/2015
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander
Case timeline
- Conclusión del concurso06/03/2018⚖️ SANTANDERProc. 66/2015Order 01/03/2018
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario n.º 66/2015 se ha acordado por Auto de fecha 1 de marzo de 2018, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso n.º 66/2015 por inexistencia de bienes y derechos del concursado CANDESTEVIA, S.L., con CIF n.º B39764410, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de CANDESTEVIA, S.L. con CIF n.º B39764410 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el "BOE" y en el Registro Público Concursal. Santander, 1 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal05/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SantanderProc. 03/2015Order 22/04/2016
Doña MARÍA DE LAS NIEVES GARCÍA PÉREZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber: 1.º Que en el procedimiento concursal 0000066/2015, por auto de fecha 31/03/2015 se ha declarado en concurso al deudor Candestevia, S.L., con CIF número B39764410, y con domicilio en Antonio López, 8 bajo, Santander. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido designado administrador concursal D. José Miguel Albisu Tristán, con DNI número 30554637-B, mayor de edad, con domicilio profesional en Peña Herbosa, 33, 1.º derecha, Santander, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 656 703 036, número de fax 942 36 14 22, correo electrónico [email protected] Santander, 22 de abril de 2016.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.