Insolvency proceedings
CANDAME SA
CIF A15079478See the company page →
- Notices
- 5 — 06/03/2012 → 14/06/2021
- Case number
- 4/2012
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA
Case timeline
- Otro acto concursal14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 4/2012Judge : SARA GOMEZ RUBIN DE CELIXOrder 05/01/2021
Deudor D. ANDRÉS MIGUEL PÉREZ CONFORTI declaro y acuerdo e) Nombrar administradora concursal a la mediadora concursal instante Dña. ARÁNZAZU BÁRCENA FERNÁNDEZ. Domicilio en Madrid, calle Antonio Acuña, n.º11, 2º E
- Otro acto concursal14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 4/2012Judge : ELENA FRAILE LAFUENTEOrder 05/01/2021
Se DECLARA el CONCURSO CONSECUTIVO de carácter abreviado con las especialidades del consecutivo de Dña. MARIANA CUEVA GARCIA, con NIF, nº 78626091Q [¿]. Se APERTURA simultáneamente la fase del lliquidación.
- Declaración de concurso26/05/2021⚖️ A CORUÑAProc. 4/2012Order 05/01/2021
Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 4/2012-C relativos al deudor Candame sociedad anónima, con código de identificación fiscal A-15.079.478 se ha dictado, en fecha 5 de enero de 2021, el Auto de Conclusión en el que se acordó: Declarar la conclusión del concurso Voluntario Abreviado de la entidad Candame sociedad anónima con código de identificación fiscal A-15.079.478, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al Tomo 1.319 del Archivo, Sección general, folio 33, hoja C-8502, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones. Se establecen los siguientes efectos: Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña. Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de la declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado. Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno. A Coruña, 15 de enero de 2021.- La Magistrada-Jueza, Nuria Fachal Noguer.
- Conclusión del concurso24/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 4/2012Judge : MARIA LUISA PARIENTE VELLISCAOrder 05/01/2021
Auto aprobación plan de liquidación, formación de la Sección Sexta.
- Declaración de concurso06/03/2012⚖️ A CORUÑAProc. 4/2012Order 03/02/2012
Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: NIG del Procedimiento 15030 47 1 2011 0000898. 1º. - Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración de Concurso 4/2012 se ha dictado a instancias de don Luis Sánchez González en fecha 4 de enero Auto de Declaración de Concurso del deudor Candame, S.A., A-15079478 cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña, C/ Menéndez Pelayo, n.º 3, bajo CP-15005. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. 3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá remitirse al domicilio indicado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse por medios telemáticos en el plazo de Un Mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del titulo o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5º.- Que ha sido designado administrador concursal el economista don Vicente Domínguez Munáiz, con despacho abierto en C/ Valle Inclán, n.º 1-Bajo de A Coruña, tfno. 986-857931, 677464336 y correo electrónico vdmunaiz@eco nomistas.org La Coruña, 3 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.