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Insolvency proceedings

CA'N RAFAL, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B07708977See the company page

Notices
225/10/201223/10/2023
Case number
464/2012 · 09/2012
Court
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de Mallorca

Case timeline

  1. Otro acto concursal23/10/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 464/2012Judge : MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrder 16/10/2023

    NOMBRAMIENTO ADM CONCURSAL DON ALBERTO FRAGUAS GUTIERREZ

  2. Declaración de concurso25/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de MallorcaProc. 09/2012Order 11/10/2012

    Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado, con el n.º 464/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0000737, se ha dictado en fecha 24/09/2012 auto de declaración de concurso del deudor Can Rafal, S.L., con CIF B-07708977, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Travessía Miguel Ángel, n.º 3, Sant Antoni de Portmany, Ibiza. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3.º Que el Abogado nombrado Administrador concursal, don Miguel Angel Torres Colomar, con DNI número 41447998C, en fecha 11/10/12, ha aceptado el cargo. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal c/Del Mar, 12, 1.º B, 07840, Santa Eulalia del Rio, Ibiza, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 11 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.