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Insolvency proceedings

CAMPOALSA SL

CIF B15991672See the company page

Notices
320/02/201330/03/2020
Case number
20/2013
Court
MERCANTIL - 1

Case timeline

  1. Conclusión del concurso30/03/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 20/2013Judge : ZIGOR OYARBIDE DE LA TORREOrder 06/04/2018

    Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 20/2013 referente al deudor CAMPOALSA, S.L. por finalización de las operaciones de liquidación.

  2. Declaración de concurso17/09/2018
    ⚖️ A CORUÑAProc. 20/2013Order 06/04/2018

    EDICTO D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. Do Mercantil n.º 1 de A CORUÑA, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este Órgano judicial SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 000020 /2013 N se ha dictado en fecha 6 de abril de 2018 Auto declara concluso el procedimiento concursal referente al deudor CAMPOALSA, S.L., CON CIF B-15991672, domiciliada en Cee (A Coruña), Plaza Kety Quintana 3, Io C,, habiéndose acordado lo siguiente: 1.-Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 20/2013 referente al deudor CAMPOALA, S.L. por finalización de las operaciones de liquidación. La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto. 2.-Decretar el archivo de las actuaciones. 3.-El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación. 4.-La extinción de la persona jurídica deudora. 5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 6.-Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado. 7.-Comuniquese la conclusión del concurso a los Órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 8.-Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal. Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. A Coruña, 16 de agosto de 2018.- Letrado Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

  3. Declaración de concurso20/02/2013
    ⚖️ A CORUÑAOrder 17/01/2013

    Edicto Don Domingo Villafáñez García, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000020/2013-N y NIG n.º 15030471 3013/34, se ha dictado en fecha 16 de enero, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Campoalsa, S.L., domiciliada en Cee (A Coruña), Plaza Kety Quintana, 3, 1.º C, con CIF B-15.991.672, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 2.962, folio 92, hoja C-35.771. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la entidad Adv Concursal Pericial, S.L.P., con despacho profesional abierto en esta ciudad de A Coruña en calle Juan Flórez, 82-entlo. oficina 3 con dirección electrónica señalada, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, la siguiente: campoalsa [email protected] 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 17 de enero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.