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Insolvency proceedings

CAMPING MAR MENOR SL

CIF B73794349See the company page

Notices
210/04/201714/05/2019
Case number
55/2017
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Case timeline

  1. Otro acto concursal14/05/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 55/2017Order 08/05/2019

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia 1.-Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 55/2017 de CAMPING MAR MENOR, S.L., con CIF B73794349, se ha dictado el 8 de mayo de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.-El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 8 de mayo de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso10/04/2017
    ⚖️ MURCIAProc. 55/2017Order 21/03/2017

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 55/2017 y NIG nº 30030 47 1 2017 0000097 se ha dictado en fecha 21 de marzo de 2017 auto de declaración de concurso del deudor CAMPING MAR MENOR, S.L., con CIF B73794349, con domicilio en San Javier (Murcia), carretera de Santiago de la Ribera a los Alcázares, s/n, Finca la Rosaleda. 2.º- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad TECNITEC AUDITORES, S.L.P., con domicilio postal Isidoro de la Cierva, núm. 10- 3.º- 30001 Murcia, teléfono 968214877 y fax 968212891 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 28 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.