HomeJusticeCAMETAL SOCIEDAD ANONIMA

Insolvency proceedings

CAMETAL SOCIEDAD ANONIMA

CIF A28616928See the company page

Notices
417/07/201003/06/2019
Case number
491/2010
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 06 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal03/06/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 06 de MadridProc. 491/2010Order 28/05/2019

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 06 de Madrid, anuncia: En el procedimiento arriba indicado se ha dictado auto en fecha 28.05.2019 por el que se ha declarado concluso el procedimiento concursal n.º 491/2010 de la mercantil Cametal, S.A., C.I.F.: A28616928, por finalización de la fase liquidación por insuficiencia de masa de dicha mercantil, y se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. Madrid, 28 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

  2. Declaración de concurso30/04/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridProc. 491/2010Order 13/04/2012

    Edicto María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal 491/2010 referente al concursado Cametal, S.A., por auto de fecha trece de abril de dos mil doce se ha acordado lo siguiente: 1 - Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Cametal, S.A. C.I.F. A-28616928. 2 - Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3 - Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C. 4.- Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5- Anunciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito. 6- Inscribase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución. 7- El oficio y edicto dirigido al B.O.E. así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a instante del concurso para su debida cumplimentación, quien deberá aportar a este Juzgado un ejemplar del B.O.E tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados. 8- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan (original y 23 copias en papel o en soporte CD individualmente emblistado) para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C. Madrid, 13 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal11/12/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridOrder 26/11/2010

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.), Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal número 491 /2010 referente al deudor Cametal, S.A., CIF A-28616928, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.-Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 26 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal17/07/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridOrder 29/06/2010

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 491 /2010, por auto de 29 de junio de 2010, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Cametal, S.A., con CIF A-28616928, con domicilio en Carretera Daganzo, Km 2.200, Alcalá de Henares, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal siendo esta don Jesús Suárez Guillén. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º Y el plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado que tiene carácter gratuito en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el Registro Público Concursal. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 29 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.