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Insolvency proceedings

CALPU SA

CIF A28831923See the company page →

Notices
6 — 29/10/2020 → 04/11/2020
Case number
583/2008
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de Madrid · MERCANTIL - 4

Case timeline

  1. Otro acto concursal04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 583/2008Order 23/10/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 583/2008Order 23/10/2020

    Cese de Administrador concursal

  3. Otro acto concursal04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 583/2008Order 23/10/2020

    Cese de Administrador concursal

  4. Conclusión del concurso04/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 583/2008Judge : FATIMA DURAN HINCHADOOrder 23/10/2020

    Auto de conclusión de concurso

  5. Otro acto concursal04/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de MadridProc. 583/2008Order 23/10/2020

    Procedimiento Concurso Ordinario 583/2008. Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de Madrid, En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Calpu, S.A,, con CIF A28831923 y con domicilio C/ Isabel Colbrand, n.º 10, Nave 88, 28050 de Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 23 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

  6. Conclusión del concurso29/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 583/2008Judge : MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZOrder 23/10/2020

    Se declara conclusión de concurso.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.