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Insolvency proceedings

BKB ELECTRONICA SA

CIF A08533945See the company page

Notices
224/06/201315/07/2026
Case number
445/2013
Court
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BARCELONA N.º 2

Case timeline

  1. Conclusión del concurso15/07/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BARCELONA N.º 2Proc. 445/2013Judge : ALVARO LOBATO LAVINOrder 12/06/2026

    EDICTO ANUNCIA CONCLUSION CONCURSO

  2. Otro acto concursal24/06/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 445/2013Order 03/06/2013

    Edicto. Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 445/2013 en el que se ha dictado con fecha 3 de junio de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad BKB Electrónica, Sociedad Anónima, con CIF A08533945 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2010-8004009. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: BKB Electrónica, Sociedad Anónima, con domicilio en calle Joan XXIII, 16, de Esplugues de Llobregat. Administrador concursal: Don Carlos Viñuales Lapena, con domicilio en Vía Augusta, 81, 1.º, 2.º A, de Barcelona, con correo electrónico "[email protected]" Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de junio de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.