Home›Justice›BELYPA CONSTRUCCIONES SL EN LIQUIDACION
Insolvency proceedings
BELYPA CONSTRUCCIONES SL EN LIQUIDACION
CIF B36324234See the company page →
- Notices
- 8 — 16/01/2012 → 05/12/2024
- Case number
- 203/2011
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA · Mercantil - 2
Case timeline
- Otro acto concursal05/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Order 20/12/2023
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal05/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Judge : Maria Jose Peiro AspurzOrder 20/12/2023
Se declara al deudor en concurso, y la suspensión de sus funciones de disposición y administracion, nombrándose administrador a don Miguel Zorrilla Ayllón con correo electrónico [email protected].
- Apertura de liquidación05/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Judge : MARÍA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOOrder 02/10/2012
cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas
- Otro acto concursal05/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Judge : MARÍA CARMEN VILLELLAS SANCHOOrder 28/12/2011
declaración y conclusión
- Declaración de concurso05/12/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Order 28/12/2011
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal26/01/2024⚖️ Mercantil - 2Proc. 203/2011Judge : ROSARIO RODRIGUEZ LOPEZOrder 20/12/2023
ACUERDO nombrar a PABLO LOIS CARRERA con NIF 77416892-L , como nuevo administrador concursal, con domicilio profesional Praza dos Maios, 1, 1º, A, Pontevedra, tfno 886.212.334 y email: [email protected]
- Otro acto concursal26/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 203/2011Judge : SANDRA SANTIAGO GOMEZOrder 28/12/2011
Se acuerda la conclusión del concurso de QUIJOTASCA HOSTELERIA SL, el cese en su cargo el administrador concursal, la aprobación de las cuentas rendidas por la administración concursal y extinción sociedad disponiendo su cierre en elRegistro Mercanti
- Declaración de concurso16/01/2012⚖️ PONTEVEDRAOrder 28/12/2011
Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.°-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° Sección I Declaración Concurso 0000203/2011 se ha dictado a instancias de Belypa, S.L., en fecha 28 de diciembre Auto de declaración de concurso del deudor Belypa, S.L., con CIF número B36324234, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida de la Concordia, n.° 90, bajo, Tui. 2.°-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.°-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.°-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 28 de diciembre de 2011.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.