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Insolvency proceedings

BDM IMPRESSORS SL

CIF B97464358See the company page

Notices
205/01/201211/06/2016
Case number
3/2009

Case timeline

  1. Declaración de concurso11/06/2016
    ⚖️ VALENCIAProc. 3/2009Order 25/05/2016

    Edicto Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000692/2011 habiéndose dictado en fecha 5-05-2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso necesario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Acuerdo: 1.-Se declara la conclusión del concurso abreviado necesario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000692/2011, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Sara Gil Furio, en nombre y representación de la mercantil Ebix, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Antonio González Asturiano, con DNI n.º 29167964P, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la extinción de la mercantil BDM Impresors, S.L., con CIF B97464358, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 16-02-2016. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Gil Furio, Sara a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fé." En Valencia, 25 de mayo de 2016.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.

  2. Declaración de concurso05/01/2012
    ⚖️ VALENCIAOrder 30/11/2011

    Doña Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000692/2011 habiéndose dictado en fecha 30-11-11 por el Ilustrísimo/a Señor/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto declaración de Concurso Necesario de acreedores de BDM Impresors, S.L., con CIF B-97464358, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Antonio González Asturiano con domicilio profesional en Valencia Calle Guillem de Castro, número 125, entresuelo 1, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 30 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.