Insolvency proceedings
BALMAR-52 SL
CIF B53146577See the company page →
- Notices
- 7 — 30/05/2013 → 24/11/2021
- Case number
- 347/2013
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante
Case timeline
- Conclusión del concurso24/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 347/2013Judge : Miguel Angel Fernández LupianezOrder 08/06/2021
Se nombra administrador concursal a RAIMON-LLULL CASANELLAS BASSOLS
- Conclusión del concurso10/06/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 347/2013Judge : ARTURO HERNÁNDEZ BELTRÁNOrder 08/06/2021
La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa.
- Otro acto concursal25/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 347/2013Judge : (LAJ) JOSE VICTOR SANZ GORDONOrder 08/06/2021
Se acuerda la conclusión del concurso. Cesa en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición de cuentas
- Declaración de concurso30/09/2014⚖️ ALICANTEOrder 09/09/2014
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000347/2013-MJ, sobre declaración de concurso de la mercantil Balmar 52, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Pintor Xavier Soler, número 7, locales 19 a 22, de Alicante. Inscrito al tomo 1.953, libro 0, folio 150, hoja A-39.649, inscripción primera, y Codigo Identificación Fiscal número B-53146577, en cuyo seno, con fecha 15-09-14, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva contiene entre otros los siguientes pronunciamientos: "Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación de concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 Ley Concursal. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta, alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Articulo. 168 Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal." Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial Estado, expido el presente. Alicante, 9 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso27/02/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil 2 de AlicanteOrder 12/02/2014
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del juzgado de lo mercantil número dos de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado -000347/2013-MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Balmar 52, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Pintor Xavier Soler, n.º 7. Locales 19 a 22, de Alicante. Inscrito al Tomo 1.953, Libro 0, Folio 150, Hoja a-39.649, inscripción 1.ª, y C.I.F. B-53146577, se ha dictado en el día de la fecha auto, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Parte Dispositiva 1.-Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.-Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso. 3.-Se convoca junta de acreedores que se celebrará el próximo treinta de abril de dos mil catorce a las once y treinta horas en la sala de audiencias de este juzgado, publicándose los edictos pertinentes en el Boletín Oficial del Estado que se entregarán al procurador del concursado para que cuide de su curso y gestión. 4.-Proceder, conforme lo previsto en el artículo 114.1 de la ley concursal, a admitir a trámite la propuesta, toda vez que cumple las condiciones de tiempo de los artículos 113.2 las de forma del artículo 99 y la de contenido del artículo 100, todos ellos de la ley concursal, y no apreciarse igualmente defecto alguno. 5.-Dar traslado de la propuesta a la administración concursal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 115.1 para que en el plazo de diez días emita informe de evaluación sobre su contenido, en relación con el plan de pagos y, en su caso, con el plan de viabilidad que la acompañe. Modo de impugnación. Contra esta resolución no cabe recurso, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación contra la misma en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación del convenio. Asi por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe. El Magistrado-Juez.-La Secretaria. Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Alicante, 12 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal14/11/2013⚖️ ALICANTEOrder 25/10/2013
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso voluntario, de los seguidos en este Juzgado con el número 347/13 de la mercantil Balmar, 52, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Pintor Xavier Soler, n.º 7, locales 19 a 22, de Alicante. Inscrito al tomo 1.953, libre 0, folio 150 hoja A-39.649, inscripción primera, C.I.F. número B-53146577, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el artículo 74 de la Ley Concursal y se ha dictado Providencia de esta fecha, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (artículo 192 de la Ley Concursal y 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto. Y para que sirva de publicación en el B.O.E, expido el presente en Alicante, 25 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal30/05/2013⚖️ ALICANTEOrder 16/05/2013
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber, que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado 000347/2013, en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a Balmar 52, S.L., con domicilio en calle Pintor Xavier Soler, número 7, locales 19 a 22 de Alicante. Inscrito al tomo 1.953, libro 0, folio 150, hoja A-39.649, inscripción 1.ª, CIF número B-53146577, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Identidad de la Administración Concursal: Don Vicente Martínez Martí, con DNI número 20815217-X, en calidad de Abogado con domicilio en calle Alberola, número 17, entresuelo A, Código Postal 03007 de Alicante, teléfono 962455278, fax 962455493 y dirección de correo electrónico: [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de su Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 16 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.