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Insolvency proceedings

AYALA ESTRADA SL

CIF B62155759See the company page

Notices
112/03/201412/03/2014
Case number
957/2013

Case timeline

  1. Declaración de concurso12/03/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 957/2013Order 29/01/2014

    Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario número 957/2013B. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF: "Ayala Estrada, S.L.", CIF B62155759. Fecha del auto de declaración: 29 de enero de 2014. Administradores concursales: FIDES Auditores y Abogados, S.L.P.-Emilio Segura, con domicilio en avenida Diagonal, 628, 2.º, 08007 Barcelona, y teléfono 932721192. y en calidad de Abogado y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". La comunicación de formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 31 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.