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Insolvency proceedings

AUXIAL SL

CIF B36958494See the company page

Notices
605/06/201707/12/2020
Case number
157/2017
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra · Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra

Case timeline

  1. Otro acto concursal07/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 157/2017Order 18/10/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso07/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE PONTEVEDRA Proc. 157/2017Judge : JUAN FRANCISCO GUERRA MORAOrder 18/10/2020

    PRESENTACION TEXTOS DEFINITIVOS DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  3. Declaración de concurso13/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 157/2017Order 02/11/2020

    E D I C T O Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, Hago saber: Que en la Sección I de Declaración de Concurso 157/2017, seguida en este Juzgado, se ha dictado Auto 89/2020, de 18 de Octubre del presente, acordando lo siguiente: 1. Concluir el concurso de la entidad AUXIAL, S.L.U. con CIF B-36.958.494, por cumplimiento del convenio aprobado por Sentencia de 18/6/18. 2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora que sigan subsistentes. 3. Aprobar las cuentas presentadas en su día por la Administración concursal. Vigo, 2 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

  4. Convenio de acreedores15/06/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de PontevedraProc. 157/2017Order 26/05/2020

    EDICTO Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ANUNCIA Que en la Sección V Convenio 157/2017, referente a la concursada Auxial, S.L.U., con CIF B-36.958.494, por Auto de 26 de mayo de 2020, se ha acordado lo siguiente: 1. Declarar judicialmente el cumplimiento del convenio alcanzado por la concursada Auxial, S.L.U., con sus acreedores, que fue aprobado por Sentencia 18 de Junio de 2018. 2. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la última publicación de este Edicto. La solicitud se tramitará por el cauce del incidente concursal (artículo 140.1 y 2 de la Ley Concursal). Vigo, 26 de mayo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

  5. Convenio de acreedores27/10/2018
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraOrder 18/06/2018

    EDICTO Dª. María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con Sede en Vigo, anuncia: Que en la Sección V Convenio 0000157/2017, en el que figura como concursada la mercantil Auxial, S.L.U. con C.I.F. B-36.958.494, por sentencia dictada el día 18 de Junio de 2018, se ha acordado lo siguiente: "FALLO Que debo aprobar y apruebo la propuesta de convenio presentada por Auxial, S.L.U., con fecha veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, con el resultado de adhesiones que constan en acta de junta de acreedores de fecha treinta de mayo de dos mil dieciocho, adquiriendo eficacia desde el día de la fecha. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma prevenida en los artículos 23 y 24 LC, así como a la administración concursal, al concursado, y a todas las partes personadas en el procedimiento -artículo 109-, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación a sustanciar con carácter preferente y en la forma prevista para las apelaciones de sentencias dictadas en juicio ordinario. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo. Sergio Burguillo Pozo, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 3 de Pontevedra. Vigo, 3 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  6. Declaración de concurso05/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraOrder 24/05/2017

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000157/2017, se ha dictado en fecha 24 de mayo de 2017 auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar conjuntamente el concurso voluntario de las sociedades deudoras Auxial, S.L.U., con CIF B-36.958.494, y domicilio en avenida de la Florida, n.º 51, bajo, de Vigo (Pontevedra); Gali Converters, S.L.U., con CIF B-36.816.411, y domicilio en la calle Urzáiz, n.º 90, bajo de Vigo (Pontevedra), y OH Nuevo Vigo, S.L.U., con CIF B-27.743.046, y domicilio en la avenida Florida, n.º 51-53, de Vigo (Pontevedra). 2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de las sociedades concursadas sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal. 3.º Se ha designado como Administración concursal a la sociedad profesional Convenia Profesional, S.L.P., con CIF B-86353729, con domicilio en calle Magistrado Manuel Artime, n.º 18, 1.º D, 15004 A Coruña, y con la dirección de correo electrónico para cada una de las sociedades: [email protected] [email protected] [email protected] 4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 24 de mayo de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.