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Insolvency proceedings
AUTOCANVI 2001 SL
CIF B12535803See the company page →
- Notices
- 2 — 30/07/2015 → 12/04/2018
- Case number
- 03/2018
- Court
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Case timeline
- Declaración de concurso12/04/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 03/2018Order 03/04/2018
EDICTO D./Dª. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber: PRIMERO: Que por Auto de fecha 28/03/2018, dictado en el procedimiento de concurso abreviado [CNA], nº 000102/2015, N.I.G. 12040-66-2-2015-0000123, seguido en esteJuzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "AUTOCANVI 2001, S.L.", domiciliado en Calle Capdevila, 23 Sarratella y C.I.F./D.N.I. número B12535803. SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: PARTE DISPOSITIVA: "...1.-Acordar la conclusión del concurso de AUTOCANVI 2001, S.L.", seguido bajo el número concurso abreviado [CNA], número 000102/2015-IX., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal. 3.-En particular, acordar la extinción de la entidad AUTOCANVI 2001, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC). 5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan. 6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acredores se hayan personado en el concurso.." Castellón, 3 de abril de 2018.- El/la letrado/a de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal30/07/2015⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrder 01/07/2015
Edicto. Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 1 de julio de 2015, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000102/2015, N.I.G. n.º 12040-66-2-2015-0000123, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "Autocanvi 2001, S.L.", domiciliado en calle Capdevila, 23, Sarratella y C.I.F/D.N.I número B-12535803. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Francisco Ramón Lara Payan, con domicilio en calle Zorrilla, n.º 2-3 de Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 10 de julio de 2015.- El/la Secretario/a judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.