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Insolvency proceedings

ATERGA, S.L.

CIF B70200779See the company page

Notices
614/01/201615/06/2021
Case number
636/2015
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña

Case timeline

  1. Otro acto concursal15/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 636/2015Order 24/03/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  2. Apertura de liquidación15/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 636/2015Judge : Rosalia Osorio TenorioOrder 24/03/2021

    Dar publicidad al Auto de declaración de Concurso

  3. Apertura de liquidación26/05/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 636/2015Judge : MARIA SALOMÉ MARTINEZ BOUZASOrder 24/03/2021

    Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación en el concurso de ATERGA S.L. Lo que se le comunica para su publicidad en ese registro a los efectos prevenidos en el artículo 144 de la L.C.

  4. Otro acto concursal25/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 636/2015Judge : Alfonso Merino RebolloOrder 24/03/2021

    declaración y conclusión de concurso

  5. Declaración de concurso07/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaProc. 636/2015Order 01/02/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 636/2015-L, sobre declaración de concurso de la entidad "Aterga, S.L.", con CIF B-70200779, domiciliada en praza da Ría, Portales 1 y 2, locales B y C, Culleredo (A Coruña), se ha dictado sentencia con fecha 26/09/16, conteniendo entre otros los siguientes pronunciamientos: Fallo: 1.- Se declara finalizada la fase común del presente concurso del deudor Aterga, S.L., y se aprueba judicialmente el convenio propuesto anticipadamente por dicho deudor y protocolizado en escritura pública, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC; entre ellos el cese de la administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, y que deberá rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente. 2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndose saber a los acreedores que no hubieran optado aún entre las propuestas alternativas que disponen para ello de un mes desde la firmeza de la presente, entendiéndose aplicable la opción Segunda en caso contrario. 3.- Dese a la presente la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, librándose los despachos correspondientes y entregándose a la representación de la concursada para su diligenciamiento. 4.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor y el informe de la administración (167.1 in fine LC), poniéndose en conocimiento de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en el término de diez días desde la última de las publicaciones edictales (art. 168.1 LC). 5.- Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso. Modo de Impugnación: Mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Coruña, a interponer directamente en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto. Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente edicto. A Coruña, 1 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  6. Otro acto concursal14/01/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaOrder 15/12/2015

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Procedimiento CNA 636/15-L, por Auto de 15 de diciembre de 2015, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Aterga, S.L., CIF B-70200779 y domicilio social en Culleredo (A Coruña), Plaza da Ría, portales 1 y 2, locales B y C, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad. 2.º La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 de la LC). 5.º Que ha sido nombrado administrador concursal único el Abogado D. Germán Faustino Fernández Linares, con domicilio en C/ Federico Tapia, número 17 bis, entreplanta, local 4, A Coruña, y dirección electrónica [email protected] A Coruña, 15 de diciembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.