Insolvency proceedings
ARTI- LOOK SL
CIF B97420723See the company page →
- Notices
- 1 — 16/08/2016 → 16/08/2016
- Court
- Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia
Case timeline
- Declaración de concurso16/08/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrder 23/06/2016
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario necesario n.º 000356/16, habiéndose dictado en fecha veintitrés de junio de dos mil dieciséis por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Arti Look, S.L. con domicilio en Avenida Marqués de Sotelo, n.º 7, pta. 4 y 8, Valencia y CIF n.º B97420723, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, Sec. 8, hoja 94959. Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D.ª Aránzazu Iratxe Rodríguez García, con domicilio en la calle Salvá, n.º 10-6, Valencia y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 23 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.