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Insolvency proceedings

GEI RARS INVESTMENT SOCIEDAD LIMITADA

CIF B90304452See the company page

Notices
329/10/201821/02/2019
Case number
85/2018
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Sevilla

Case timeline

  1. Declaración de concurso21/02/2019
    ⚖️ SEVILLAOrder 18/02/2019

    El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Tercera, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento número 33/19, con NIG: 4109142120190001438 por auto de 7/02/19 se ha declarado concluido por insuficiencia de masa al deudor Arficeli, S.L. con CIF B90304452, se ha acordado lo siguiente: Que debo declarar el concurso voluntario de ARFICELI, S.L. y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa. Se declara, asimismo, la extinción de la entidad, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su debida constancia. A tales efectos publíquese esta resolución en el BOE por medio de edictos de inserción gratuita y con los extremos del art. 23 LC, gestionándose dicha publicación por esta oficina de forma telemática y si no fuera posible a través del Procurador del Solicitante. Líbrense mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla a interponer en Juzgado en plazo de veinte días desde su notificación a las partes. Sevilla, 18 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  2. Declaración de concurso29/01/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de SevillaOrder 25/01/2019

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento número 85/18, con NIG: 4109142120180001203 por auto de 14/01/19 se ha declarado Concluido por insuficiencia de masa al deudor Gei Rars Investment, S.L.U. con CIF B90304452, se ha acordado lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA DISPONGO: 1.º- Declarar la conclusión del concurso voluntario de GEI RARS INVESTMENTS, S.L., por insuficiencia de masa, y en su consecuencia y sin perjuicio de los demás efectos de Ley; -Se declara, asimismo, la extinción de la entidad, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su debida constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia residual de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente, o sobrevenido hasta su íntegra liquidación. -A tales efectos publíquese esta resolución en el BOE por medio de edictos de inserción gratuita y con los extremos del art. 23 LC, gestionándose dicha publicación por esta oficina de forma telemática y si no fuera posible a través del Procurador del Solicitante. -Se acuerda igualmente el cese del miembro/s de la Administración Concursal designada, una vez se acredite en autos cumplimentado el trámite registral aludido, a cuyos efectos, una vez firme esta resolución, expídansele los mandamientos oportunos. - Y de conformidad con el artículo 178.2 LC, no obstante la conclusión acordada, queda el deudor responsable del pago de los créditos subsistentes. - Queda sin efecto al interrupción de la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración del concurso, iniciándose de nuevo su computo desde la firmeza de la presente. 2.º- Aprobar la elemental rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y que resulta de sus escritos de autos. Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Sin perjuicio de la publicidad registral antes mencionada y de cualquier otra que fuere procedente, a instancias y cargo de la concursada, dése publicidad a la conclusión del presente concurso mediante edictos a través del Tablón de Anuncios de este Juzgado. Contra esta resolución no cabe recurso (artículo 177.1 LC). Sevilla, 25 de enero de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  3. Otro acto concursal29/10/2018
    ⚖️ SEVILLAProc. 85/2018Order 25/10/2018

    El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección 3ª, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC) Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 85/2018, con NIG: 4109142120180001203 por auto de 20 de septiembre del presente se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor GEI RARS INVESTMENT SLU. con CIF B-90304452, con domicilio en C/ Virgen de Luján nº 50, bloque 2, bajo b. 41011 de Sevilla. 2.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. José Luis Mira Vázquez con dni 28909081J, con domicilio en Avenida Menéndez Pelayo nº 18, 1º, de Sevilla, con teléfono 954988088, y con dirección de correo electrónico [email protected] bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. 3.º-El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 25 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Juan Dionisio Curado Dana.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.